domingo, diciembre 22, 2024
Congreso

Se pronuncia la diputada Blanca Belia Márquez ante la falta de respeto de la Secretaría de la SEP, Alicia Meza Osuna, al protocolo del Himno de BCS

La Paz, Baja California Sur, a 06 de diciembre de 2022

  • “La negativa de entonación del Himno del Estado y desacato al protocolo por parte de la maestra Alicia Meza Osuna, es una flagrante violación a la ley, una aberrante falta de respeto a este recinto y a todos los sudcalifornianos”: diputada Blanca Belia Márquez.

La diputada Blanca Belia Márquez Espinoza se pronunció en tribuna para señalar a la maestra Alicia Meza Osuna, Secretaria de Educación Pública en Baja California Sur, al denunciar que fue la única persona que desacató la instrucción por parte del presidente de la mesa directiva del IV Parlamento Inclusivo 2022, de entonar el Himno del Estado de BCS con la mano en el corazón, lo que consideró, “una flagrante violación a la ley, una aberrante falta de respeto a este recinto y a todos los sudcalifornianos”, dijo.

En ese tenor precisó que, el artículo 18 de la Ley  de Símbolos y Protocolos Oficiales del Estado de Baja California Sur establece puntualmente que: El Himno del Estado de Baja California Sur debe ser interpretado con el merecido respeto y solemnidad por todos los presentes, de pie en posición de firmes, con la cabeza descubierta con la palma de la mano derecha sobre el pecho a la altura del corazón.

Márquez Espinoza exhortó al Gobernador del Estado, Víctor Manuel Castro Cosío para que sensibilice a sus funcionarios sobre el contenido de la Ley de Símbolos y Protocolos Oficiales, invitándolos a fomentar la cultura cívica y a respetar el marco legal vigente de la Entidad; del mismo modo, hizo un llamado al Secretario General de Gobierno, Homero Davis Castro, al indicar que en términos del artículo 46, le compete  al secretario vigilar el cumplimiento de la Ley de Símbolos y Protocolos del Estado, así como determinar e imponer sanciones, solicitándole que, inicie los procedimientos que establece en la fracción séptima del artículo 47  que se considera como infracción el “omitir guardar la debida consideración y respeto a los Símbolos Oficiales”.

Finalmente señaló que, en la norma jurídica se encuentra tipificado que las violaciones a Ley deben ser sancionadas con multa de entre 150 a mil  veces el valor diario de la unidad de medida y actualización, “la conducta de la que todos fuimos testigos es acreedora a una multa, consistente en una sanción económica cuyo monto será fijado por la autoridad competente”, concluyó.

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